Arquitectura Urbana Gerencia de Proyectos - Asesorías - Avalúos El estado del alma del blog sigue siendo la cotidianidad del caribe, la cual es tan imaginaria como real y hace que la vida se viva como se debe vivir: ¡Lentamente! ¡Ahorita! ¡Más luego! Se incorporan temas de avalúos, gerencia de proyectos, asesorías en medio ambiente, urbanismo y ordenación territorial, gestión de suelo, planes en general.
- Leon Segundo Fernandez Rivera
- Barranquilla, Atlántico, Colombia
- Primero esencialmente caribe, después ambientalista, arquitecto, avaluador, urbanista. Distribuyo mi tiempo entre dos descansos: el del sopor de la tarde y el de la buena noche. Y, entre los dos, uno que otro cada vez que se puede. Lo suficientemente rápido para que mis hijos me digan ¡La tortuga veloz!
07 octubre, 2017
EL INCREIBLE ABELITO Y EL SORPRENDENTE JOSÉ NÉSTOR
EL INCREIBLE ABELITO Y EL SORPRENDENTE JOSÉ NÉSTOR
¡Ah! ¡Que vaina con las redes sociales! Umberto Eco expresó en una entrevista para el diario La Stampa, que "Las redes sociales le dan el derecho de hablar a legiones de idiotas que primero hablaban sólo en el bar después de un vaso de vino, sin dañar a la comunidad. Ellos rápidamente eran silenciados, pero ahora tienen el mismo derecho a hablar que un premio Nobel. Es la invasión de los imbéciles". Ni más faltaba que trate de contradecirlo. En las redes sociales locales hay algunos como Eco y otros como los que referenció con su expresión. A mí, de pronto me encasillan en algunos grupos peores. Pero a estas alturas no me importa ni me afecta. Con la venia o permiso, o sin él, expresaré algunas ideas, verdades, axiomas o simples opiniones sobre dos temas calientes: Futbol y paz.
Aclaro de entrada que para muchos no puedo escribir sobre futbol porque para ellos solo saben de futbol los que jugaron profesional. Por ahí se dice, que el futbol es un juego de 11 contra 11 que siempre ganan los alemanes. No sé quién lo dijo o escribió, pero desde hace un tiempo no genera dudas. Por otro lado, en los juegos, partidos, de futbol hay tres opciones: ganar, perder o empatar. No hay otras. Al equipo de futbol colombiano le toco, esta vez, la de perder. El jueves 6 de octubre de 2017 el equipo de futbol de Colombia perdió con Paraguay por 2 a 1.
¡Pobre José Néstor! Aunque no lo conozco ni es mi amigo me refiero a él por su nombre por el derecho que me otorga contribuir para el pago de sus honorarios. Me siento algo así como su medio jefe. ¡Pobre José Néstor! ¡Qué ingrata es la necedad! Cuando incluyes en tu lista de convocados al increíble Abelito Aguilar, la camada de las redes sociales, de la televisión y la radio te enfilan las baterías porque el increíble está en la lista. Se les olvida un pequeño detalle, aunque sea cierto que tienen todo el derecho del mundo a expresar su opinión aun cayendo en el grupo de las redes sociales del que habla Umberto Eco, cual es que quien ha firmado el contrato y está registrado como Director Técnico de la Selección Colombia ante la FIFA es José Néstor Pekermán. Haciendo uso de mi derecho a ser idiota o imbécil –en las redes sociales tal como dice Eco- le digo a José Néstor le digo como el medico a mi hijo menor: Marica, ¡Tu verás!
Abelito es el increíble porque nadie puede creer, ni los súper periodistas de la televisión y radio, ni los miles de técnicos callejeros de la selección que un jugador viejo, banca en un equipo de media tabla del rentado colombiano, sin ritmo de juego de alta intensidad sea llamado a la selección Colombia y de contera sea el volante del equilibrio. Y, que sea uno de los pocos que cumple con su tarea: Hace los cierres en todos los puntos tanto hacia el fondo como hacia adelante, quita y sale con dominio y visión, llega a los vacíos para controlar los pases contrarios o para recibir el pase de desahogo de sus compañeros, demuestra jerarquía, control, liderazgo y huevos, como dice el Pibe. Cuando no está, apenas entra se arregla la estructura. Cuando sale, se cae la estructura. ¡Nojoda! Eche, Pekerman, ¿por qué lo sacaste? Ahora me toca decirte: Marica ¡Viste! ¡Ahí perdiste el partido! Nunca, jamás, saques al jugador del equilibrio, el que te nivela la estructura, el que llega como bombero a todas las escaramuzas contrarias. Nojoda, José Néstor, tus asistentes ¿no te llevaban la estadística de las jugadas? El increíble Abelito le ganó todos los lances a los paraguayos, en quite y en salida, pegó cuando debía pegar y a quien debía, no le pitaron faltas, hizo todos los cierres tanto de quite como de obstrucción, era el que gritaba, alentaba y ordenaba al equipo. Eche loco, y ¡lo sacas!. Ahí, ¡perdiste el partido! José Néstor, eres simplemente ¡sorprendente!.
05 septiembre, 2017
Acerca de la definición de valor comercial
Acerca de la definición de valor comercial
Leon Segundo Fernandez Rivera
Si bien es cierto que a los peritos, y entre ellos a los avaluadores, no le es dado que en sus informes técnicos expresen opiniones legales sino que el peritaje debe tratar solo sobre los hechos que lo motivan, o avalúo, no lo es menos que además de interpretar correcta y adecuadamente la normativa aplicable la conozcan sin dar lugar a equívocos.
En la publicación de las normas se pueden cometer errores sin que medie mala fe por parte de quienes tienen a su cargo la tarea. Lo que si no es permitido, desde la mirada de los responsables y garantes de la integridad del sistema normativo legal, es que un defecto se pueda convertir en lo valido en remplazo de un concepto establecido en una norma a partir de las consideraciones técnicas que lo generan. Nos referimos al concepto de valor comercial de un inmueble.
En 1997 el estado expide la Ley 388 de 1997 en la cual establece la elaboración de avalúos para los trámites de enajenación y/o expropiación de predios a efectos de construir obras públicas. En cumplimiento de la ley, expide el Decreto 1420 de 1998 reglamentario de los avalúos en el cual incorpora conceptos valuatorios de dominio y uso común o generalizado en la actividad. En la Ley 388 se determina la estimación del valor comercial como base para la negociación a partir de la elaboración del avalúo. En el Decreto 1420 de 1998, en el artículo 2 establece la definición de valor comercial para efectos de los objetivos de la ley y la elaboración de los avalúos, la cual es:
Valor Comercial de un Inmueble. Se entiende por valor comercial un inmueble el precio más probable por el cual éste se transaría en un mercado donde el comprador y el vendedor actuarían libremente, con el conocimiento de las condiciones físicas y jurídicas que afectan al bien (Decreto 1420 de 1998, Art. 2).
Circula en publicaciones de distinto orden el texto del artículo en el cual se ha remplazado la palabra “probable” por “favorable”. Se insiste en que bajo la presunción de la buena fe, el yerro no es motivado por razones de tipo económico sino a errores de lectura del documento original o en la transcripción de la misma. Sin embargo, lo que sí es inaceptable que universidades prestigiosas del país generen un producto académico sobre el tema como una “tesis” (trabajo de pregrado) para optar al título de abogado con un error de ese tipo. No es entendible que tanto el alumno como los directores y asesores del trabajo y los jurados no hayan elaborado una revisión minuciosa de las fuentes, siendo su título y objeto “De los avalúos inmobiliarios en Colombia: un estudio sobre la incongruencia en sus elementos orientadores y los efectos en la seguridad jurídica”. El trabajo analiza de manera somera el contenido de los componentes del concepto de avalúo comercial contenido en el artículo 2 del precitado decreto. Pero no compara lo que cita y analiza con la literatura existente así como tampoco con las normas internacionales y las normas técnicas colombianas.
Tampoco es aceptable que páginas web como la de la Alcaldía de Bogotá y la del Ministerio de vivienda publiquen la norma con el error que se ha expuesto. Son dos entidades públicas que tienen acceso de primera mano al Decreto 1170 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Administrativo de Información Estadística en el cual se compila el Decreto 1420 de 1998, en los siguientes términos:
Artículo 2.2.2.3.2 Valor Comercial de un Inmueble. Se entiende por valor comercial un inmueble el precio más probable por el cual éste se transaría en un mercado donde el comprador y el vendedor actuarían libremente, con el conocimiento de las condiciones físicas y jurídicas que afectan al bien.
(Decreto 1420 de 1998, Artículo 2) (Decreto 1170 de 2015, art. 2.2.2.3.2)
Ahora bien, el termino adecuado es “más probable” porque en términos generales un avalúo es el resultado de un estudio sobre las probabilidades de su valor en el mercado en equilibrio, en tanto que el precio “más favorable” buscaría el mejor (en este caso mayor), pero solo para uno de los dos intervinientes, o el comprador o el vendedor, lo cual es contrario al concepto de mercado. Por lo contrario el “más probable” se apoya en las condiciones de igualdad para ambas partes. En la literatura existente sobre avalúos, en las normas internacionales y las normas técnicas colombianas se encuentran contenidos que sustentan la línea de pensamiento del valor más probable.
Para terminar, se informa que se resolvió una objeción a un avalúo elaborado para la Lonja de Barranquilla con parte de lo que se presenta en este artículo, y que una consulta con abogados en ejercicio obtiene como respuesta que se eleve una consulta del caso a la Sala Civil del Consejo de Estado. Decidí escribir este artículo corto que espero aclare la situación para quienes accedan a su lectura.
Referencias:
República de Colombia, Presidencia de la Republica. (2015). Decreto 1170 del 28 de Mayo de 2015. Bogotá: Diario Oficial.
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