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Barranquilla, Atlántico, Colombia
Primero esencialmente caribe, después ambientalista, arquitecto, avaluador, urbanista. Distribuyo mi tiempo entre dos descansos: el del sopor de la tarde y el de la buena noche. Y, entre los dos, uno que otro cada vez que se puede. Lo suficientemente rápido para que mis hijos me digan ¡La tortuga veloz!

05 febrero, 2008

El Proyecto Carrefour

Es terrible y sobre todo negativo para la ciudad que los dos últimos grandes proyectos arquitectónicos de equipamiento urbano colectivo, ambos de inversionistas de fuera de la ciudad, tengan, o hayan tenido, problemas para su desarrollo. En ambos casos, los contratiempos han debido repercutir tanto en las inversiones, que de seguro aumentaron los costos de inversión, como en el tiempo de retorno de la misma. En ambos casos los contratiempos van desde aspectos legales y procedimentales hasta de choque con las aspiraciones de empresarios locales y con los mal llamados defensores de la ciudad. En ambos casos reacciones tardías. Tardías y muchas de ellas sin fundamento. Un paneo por los contradictorios argumentos, algunos validos otros no, de los diferentes actores nos muestran que por lo general se refieren a aspectos del interés de cada uno de ellos. No se ha presentado una posición que integre los diferentes componentes del proyecto y que tenga por delante una visión clara del sector en el marco de la ciudad futura. Hasta ahora se promueve una contradicción del tipo pierde – pierde cuando es la posibilidad de que se desarrolle una propuesta, de tipo gana – gana, integradora de los diferentes componentes en un marco claro, definido, cuidadoso, de planeamiento zonal para el sector en un concepto visionario de la futura ciudad. Los actores hasta ahora comprometidos son los defensores del patrimonio, el grupo Santo Domingo, los inversionistas Grupo Carrefour, los vecinos del sector (Comité de Defensa Barrio El Prado), los periodistas, los gremios, las asociaciones profesionales y la administración municipal. Han brillado por su ausencia, como siempre, las universidades de la ciudad. Los componentes del proyecto, que de manera general han servido como punto de apoyo para la controversia son entre otros, el patrimonial, arquitectónico, urbanístico – Características del sector, en especial su uso y funcionalidad urbanística -, ambiental, social y económico. Sin dejar de lado el legal actual y sus posibilidades futuras. El predio, la manzana objeto de la controversia, se podría decir que actualmente esta sin uso, prácticamente abandonado para mayor detalle. Presenta una buena vegetación y una paredilla de ladrillos en las caras norte, oriente y sur. Un simple recorrido, antes que un inventario detallado, del sector o micro sector en el cual se localiza la manzana de la discordia, o de la controversia, nos indica que el uso predominante en la actualidad es el comercial y en algunos casos, el mixto combinando el uso comercial con el residencial. No se sabe a ciencia cierta que se defiende. Tampoco porque no se quiere dejar construir el edificio, así como mucho menos que es lo que se critica. Lo expresado hasta ahora cubre: La defensa del lote y/o edificación como patrimonio, La defensa del carácter residencial del barrio o del sector, La defensa de lo ambiental, La defensa de la tranquilidad del barrio, La defensa del sector por su baja contaminación por el poco transito vehicular, La defensa del sector como zona de conservación urbanística, Que no se ha cumplido con el procedimiento correcto para la expedición de la licencia de demolición y/o de construcción, Que no se conoce el proyecto, etc,. Lamentablemente todas y cada una de ellas parecen no tener futuro. Contrastan estas posiciones con la de algunos funcionarios de la administración municipal que han expresado que “El proyecto va porque va”. Otras posiciones defienden el empleo que se genera, los impuestos que entrarían al fisco municipal, etc. No sabemos si se han expresado consideraciones mas profundas acerca del impacto tanto urbanístico como arquitectónico, ambiental y paisajístico del proyecto. Una de las curadurías urbanas de la ciudad, le ha otorgado licencia tanto de demolición como de construcción. Se presume que el curador, por principio legal, moral y ético, es un defensor de la ciudad, de la ley y de la fe pública. Es como su símil en la exposiones artísticas que cuida que todo quede perfecto tanto para el artista como para el mecenas como para el museo o la sala de exposiciones. El lote cumple con las condiciones máximas para construir en cualquiera de las zonas de la ciudad. La norma vigente establece que la manzana de la discordia, en el Barrio El Prado, es de tipo comercial M2 por la carrera 76 y comercial M1 en el resto, vale decir por la calle 75 y por las carreras. Visto desde otro ángulo, legalmente si se puede construir lo que se pretende. La norma no determina tipo de vías adyacentes ni los retiros de las mismas, y en ese sentido el curador, para expedir la licencia, no puede exigir otros retiros viales sino los existentes porque la norma no los contempla. En Barranquilla, como es costumbre, hacemos las cosas a medias o no las hacemos. La ciudad no tiene definidas sus áreas homogéneas. En otras latitudes se denominan Unidades Técnicas de Planeamiento Zonal (UTPZ), o Unidades de Planeamiento Zonal (UPZ) o simplemente Unidades de Planeamiento (UP); de acuerdo a lo que establece en la Ley 388 de 1997 como áreas homogéneas. El artículo 39 de la Ley establece las unidades de actuación urbanística, figura que de pronto ha podido ser utilizada. El articulo 43 establece reglamentaciones para áreas exclusivamente residenciales, que si es el caso también ha debido o podido ser aplicado. Existen normas urbanísticas pero no de edificación. Existen normas de ocupación y áreas de construcción por retiros (Las cuales violan el principio de igualdad establecido en la Constitución) pero no por tipologías. En los estudios urbanos de otras latitudes un tanto mas adelantadas, centralidades que no periferias, se ha determinado con respecto a las áreas residenciales que entre mas ancha es la vía de mas alta calidad es el sector urbano. Barranquilla no cuenta, hasta donde se ha revisado la documentación legal existente, ni con el inventario de su sistema vial ni mucho menos con un plan vial en el más corto horizonte de planificación o sea el periodo del alcalde. Cuenta eso sí, con una concesión por 20 anos para el mantenimiento o más bien reparcheo de la malla vial, que no se sabe que porcentaje vial cubre pero si que no es el 100%. Es posible que el procedimiento para desarrollar un proyecto de este tipo -En área de conservación urbanística- se haya viciado, pero eso no invalida el proyecto. Es o debe ser un componente amable de la administración, en vez de alargar los tramites de agilizarlos y es ahí en donde el afán de servicio para la ciudad se debe hacer notar. Una primera aproximación nos lleva a concluir que el lote tiene un valor dinámico de uso actual y futuro como comercial mas no como residencial, o patrimonial; y si acaso, lo tiene seria como ambiental pero de bajo impacto. La administración municipal, si tiene suficiente inteligencia emocional corporativa, debe intentar aprovechar la coyuntura para definir pautas, normas, reglamentaciones que proyecten una futura ciudad[1] en donde “las costuras” entre la arquitectura, el urbanismo, el diseño urbano y el diseño del paisaje sean lo suficientemente claras para lograr proyectos fluidos, enriquecedores, tanto para la ciudad como para los inversionistas, ya sean del medio o de fuera. Como ejemplos de normatividad hacia el futuro, se debería: Definir la zona o sector como una Unidad de Planeamiento Zonal –UPZ- “Prado Norte”, y darle dentro de las normas urbanísticas del plan de ordenamiento territorial un conjunto mas detallado de normas de desarrollo urbanístico, de vías, de zonas verdes, de edificación, de seguridad, de conservación ambiental, de construcción, de ventilación, de soleamiento, de integración entre lo publico y lo privado, de localización de estacionamientos, de topologías espaciales, etc. El desarrollo de la UPZ “Prado Norte”, debería darse en el marco de una adecuada visión de futuro para la ciudad en la cual se piense en el plan vial para la ciudad y el área metropolitana. Dentro del plan vial de la ciudad, con impacto en lo inmediato en la UPZ “Prado Norte” se debe contemplar: Ampliación de la calle 76 como una vía de dos calzadas de cuatro carriles y una isla central lo suficientemente amplia para desarrollar un proyecto paisajístico urbano de impacto para el sector y la ciudad. Esta ampliación debe contemplar la unión con la vía 40 y el resto de un sistema vial matriz futuro, que podría incluir entre otras vías, las carreras 58, 54, 51 y 46 y las calles 72, 79 y 84; dentro de una macro unidad de planeamiento urbano. No sobra decir que para mantener la fluidez o continuidad del trafico, se deben contemplar sistemas de interconexión elevados (sistemas de puentes y accesos continuos) en vez de los semáforos que cortan la continuidad del flujo vehicular y que se están utilizando en toda la ciudad. Ampliar los retiros de las vías del barrio El Prado para mejorar las condiciones urbanas y medio ambientales del mismo. Determinar un mínimo % de m2 de áreas verdes de obligatorio cumplimiento en la zona, que garantice una conservación adecuada de vegetación y de condiciones ambientales. Prohibir: Utilización de las áreas verdes publicas para otro tipo de actividad tales como trafico automotor, parqueo , etc.,. La localización de parqueaderos al aire libre. Obligar al desarrollo del proyecto arquitectónico en el cual se contemple un diseño que integre los aspectos urbanos, arquitectónicos, paisajísticos, de amoblamiento urbano exterior, y que minimice las costuras entre ellos. Esta de más recordar que debe ser adecuado para las cuatro fachadas y aun la quinta fachada. El resto de consideraciones urbanísticas y de construcción correrían por cuenta del equipo técnico encargado del estudio. Es hora de que pensemos en una ciudad para el futuro, para las próximas generaciones de barranquilleros que deberán gozar del caribe en ella. [1]. En ese sentido, la Ley 810 del 2003 permite la modificación de los Planes de Ordenamiento Territorial. ESTA NOTA SE ENTREGÓ EN SU MOMENTO COMO UN APORTE A LA DISCUSION SOBRE LA INTERVENCION lfr

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